Todos los emprendedores, empresarios y autónomos están familiarizados, o tienen que hacerlo, con el concepto del IVA, uno de los impuestos más importantes que se paga en nuestro territorio, si no el que más. Sin embargo, es común que cuando se habla del IVA diferenciemos otros dos conceptos: IVA soportado y repercutido. ¿En qué se diferencian el uno del otro? El IVA, el Impuesto al Valor Añadido, es un impuesto indirecto que no se paga a Hacienda.
Qué es el IVA repercutido
El IVA repercutido o IVA devengado, es el que tanto los autónomos como las empresas agregan a sus facturas. Así, al consumir el cliente o contratante el bien o servicio en cuestión, el IVA queda cancelado, declarándolo luego la empresa trimestralmente.
Muchos autónomos creen que calcular este IVA en las facturas es muy complejo, pero en realidad se trata de algo muy sencillo: la base imponible es siempre el precio original del servicio o producto y a este hay que sumarle generalmente el 21%, aunque existen casos de IVA reducidos en que se aplica solo un 10%, o incluso un IVA superreducido del 4%.
Qué es el IVA soportado
El IVA soportado es aquel que se paga al adquirir o comprar cualquier servicio o producto requerido para realizar la actividad económica. Es decir, cuando una empresa o un autónomo adquieren materiales o equipos indispensables para el desarrollo de su actividad, ese IVA que pagan se considera IVA soportado.
¿Por qué es tan importante reconocer el IVA soportado y repercutido? Para los autónomos el IVA soportado es algo vital, pues la Agencia Tributaria dictamina que los trabajadores autónomos pueden deducirse el IVA soportado íntegramente, lo que quiere decir que se resta de la cantidad a pagar al realizar la liquidación trimestral.
Es muy importante aclarar que el IVA repercutido debe declararse y cobrarse siempre y que las famosas facturas en negro, en que no se cobra el coste del impuesto, son una práctica totalmente ilegal cuya sanción es de un mínimo de 300 euros, y que puede ascender hasta los 20.000 euros.
Cómo calcular el IVA a pagar en cada trimestre
Dado que en cada trimestre hay que liquidar el IVA con la Agencia Tributaria, es necesario saber cómo calcular el importe a pagar. Incluso si cuentas con los servicios de un gestor, conocer cómo funcionan el iva soportado y repercutido te ayudará a optimizar tus gestiones.
- Primero, necesitas calcular el IVA repercutido total. Para ello, prepara todas las facturas de venta de ese trimestre y suma el porcentaje correspondiente al IVA de cada una (21%, 10% o 4%).
- El siguiente paso es el IVA soportado. De nuevo, debes desglosar el porcentaje correspondiente al IVA en las facturas de gasto relacionadas con tu actividad profesional, sumando el de todas las del trimestre.
- Teniendo los dos, sólo queda restar el IVA soportado del IVA repercutido.
Si la cantidad obtenida es positiva, tendrás que pagar la correspondiente suma, mientras que si es negativa, la Agencia Tributaria puede llegar a devolverte la cantidad designada.
Diferencias entre IVA soportado y repercutido
Vistas ya las definiciones de cada caso, no cuesta ver cuáles son las diferencias entre iva soportado y repercutido:
- El IVA soportado puede deducirse en las liquidaciones trimestrales, mientras que el repercutido se abona siempre.
- El IVA soportado corre siempre a cuenta del consumidor de cada producto, mientras que el repercutido lo paga la empresa o autónomo trimestralmente, de forma ajena al cliente.
- El IVA repercutido debe aparecer siempre en la factura del servicio contratado, mientras que el soportado se deduce a partir de las propias facturas de compra. Suena parecido, pero no es lo mismo.