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Qué es un contrato de interinidad
Todos hemos oído hablar de los contratos de interinidad. Durante décadas han sido el instrumento del que se valían las empresas para cubrir aquellos puestos que quedaban temporalmente vacantes en sus plantillas. Sin embargo, desde que la última reforma laboral entró en vigor el pasado 31 de marzo de 2022, en España los contratos de interinidad han dejado de existir.
En su lugar tenemos ahora los llamados contratos de duración determinada. Dado que la nueva legislación contempla que todos los contratos son de carácter indefinido por defecto, nos encontramos ante una situación excepcional que debe ser adecuadamente justificada.
A continuación vamos a explicar brevemente en qué consisten los contratos de duración determinada, por qué normativa se rigen y en qué circunstancias una empresa puede hacer uso de ellos.
Contrato de interinidad versus contrato de duración determinada
Aunque de forma coloquial seguimos refiriéndonos a los contratos de duración determinada como contratos de interinidad, conviene aclarar desde un principio que no son exactamente lo mismo.
Si bien el concepto es muy similar, los contratos de duración determinada no sólo abarcan a los antiguos contratos temporales para cubrir bajas eventuales, sino que también engloba otras situaciones en las que la empresa contrataba a un trabajador por tiempo limitado.
Como definición general, podemos decir que hoy en día en España se conoce como contrato de duración determinada al que formaliza una relación de trabajo
entre empleado y empleador por un tiempo concreto, ya sea a jornada completa o parcial. Los trabajadores por tiempo determinado gozan de los mismos derechos que los trabajadores indefinidos, excepto en lo relativo a la extinción del contrato. Esto quiere decir que pueden beneficiarse de vacaciones, pagas extraordinarias y finiquitos en proporción al tiempo que hayan trabajado en la empresa. De igual forma, tendrán acceso a los canales de formación profesional y sus empleadores estarán obligados a informarles de la existencia de los puestos que queden vacantes.
Si un trabajador encadena este tipo de contratos por un tiempo superior a 18 meses, dentro de un plazo de 24 meses desde el primer contrato, adquirirá la condición de trabajador indefinido.
¿Cómo se regula el contrato de duración determinada
y en qué situaciones se emplea?
Los contratos de duración determinada están regulados en el artículo 15.1 del Estatuto de los trabajadores, donde se establecen los casos en los que puede realizarse. Son los siguientes:
- Circunstancias de la producción
Si se da una situación puntual y no prevista en la que las necesidades de producción de una empresa no pueden ser cubiertas por la plantilla actual, la ley permite al empresario contratar a nuevos trabajadores por tiempo determinado. Estos contratos tendrán una duración máxima de 6 meses, aunque podrá ampliarse a un año si concurren circunstancias contempladas por el convenio colectivo que resulte de aplicación.
- Sustitución de la persona trabajadora
Es lo que hasta la entrada en vigor de la última reforma laboral se conocía como situación de interinidad. Es posible contratar por tiempo determinado a un trabajador que deba sustituir a otro que tenga derecho a reserva del puesto, como ocurre en los casos de baja por incapacidad temporal o excedencia voluntaria. También se puede emplear este contrato durante el tiempo en que un trabajador se encuentra en un proceso selectivo, siempre y cuando no se supere el límite de 3 meses.
Asimismo, los contratos de duración determinada son legales cuando se trata de complementar una jornada de trabajo que se haya reducido de acuerdo con el convenio colectivo o la legislación pertinente. Sea como fuera, los empleadores están obligados a detallar en el contrato de duración determinada tanto el nombre del trabajador que sea sustituido como las causas de su sustitución. En ningún caso la persona contratada bajo esta fórmula podrá hacerse cargo de las tareas que desempeñara un trabajador diferente a aquel a quien se encuentre sustituyendo.
- Contratos formativos
Otro escenario en el que pueden celebrarse contratos de duración determinada es en el ámbito de la formación profesional, especialmente cuando se trata de universitarios que se enfrentan por primera vez al mundo laboral.
Estos contratos de formación tienen una duración que varía según cada programa de aprendizaje, aunque la ley no permite que sean inferiores a 3 meses ni superiores a 2 años. Dentro de estos márgenes pueden firmarse uno o más contratos, o incluso prorrogarse si hay acuerdo entre partes.
Para los contratos de interinidad que se hubieran formalizado antes del 31 de marzo de 2022 hay previsto un régimen transitorio, aunque lo más común es que se rijan por las normas que estuvieran vigentes en el momento de celebrarse hasta cumplir su límite temporal.