La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, es un instrumento legislativo, enmarcado en el ámbito de los principios de estabilidad presupuestaria y transparencia, que tiene como objetivo principal regular el régimen jurídico de las subvenciones que otorgan las distintas Administraciones Públicas.

De acuerdo con esta misma ley, entendemos por subvención cualquier tipo de disposición dineraria que se entrega por parte de la Administración General del Estado, la Administración autonómica o la administración local a personas públicas o privadas y que debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • No tiene contraprestaciones directas para sus beneficiarios
  • Está sujeta al cumplimiento de un objetivo previamente aprobado
  • Dicho objetivo debe perseguir un fin de utilidad pública o interés social

Existen, no obstante, una serie de ayudas y prestaciones concedidas por las Administraciones Públicas que no tendrían naturaleza de subvención de acuerdo con lo establecido en esta ley, como por ejemplo:

 

  • Pensiones asistenciales por ancianidad a españoles fuera de España
  • Prestaciones reconocidas por el Fondo de Garantía Salarial
  • Prestaciones contributivas y no contributivas a la Seguridad Social
  • Pensiones de guerra o derivadas de consecuencias de actos terroristas
  • Crédito oficial (excepto cuando la Administración Pública subvencione los intereses u otras contraprestaciones en su totalidad o en parte)

Asimismo, quedan fuera del ámbito de aplicación de la Ley General de Subvenciones, aunque pudieran tener dicha categoría legal, los siguientes elementos:

  • Premios que se concedan sin solicitud previa del ganador
  • Subvenciones contempladas en la Ley de Régimen Electoral General
  • Subvenciones a partidos políticos
  • Subvenciones a grupos parlamentarios en las Cortes Generales, asambleas autonómicas y corporaciones locales

¿Qué fin persigue la Ley General de Subvenciones?

Dado que las subvenciones son una herramienta fundamental de la política financiera del sector público, esta ley busca ante todo perfeccionar los criterios de concesión y control de ayudas dentro de un marco de crecimiento económico, siguiendo la tendencia de los países que conforman la Unión Europea.

La Ley General de Subvenciones profundiza en el proceso de liberalización de la economía española, acabando con los mercados cautivos y apuntalando las reformas destinadas a introducir una sana competencia en los ámbitos comerciales con mayor presencia de oligopolios.

El fin último de esta ley es incentivar programas y actividades destinadas a promover el interés general, fomentando la creación de vías de cooperación entre organismos privados y Administraciones Públicas.

Beneficiarios y entidades colaboradoras

En términos generales, la Ley General de Subvenciones otorga la consideración de beneficiario a aquella persona que, además de encontrarse en una situación que le legitime para recibir una ayuda pública, sea también la responsable de llevar a cabo el proyecto que motivó su concesión.

En caso de que hablemos de una persona jurídica, serán beneficiarios los miembros de la entidad que se comprometan a realizar la actividad detallada en la solicitud de la subvención, así como aquellos que fundamenten la concesión en nombre del beneficiario principal.

De la misma forma, aun cuando no tuvieran consideración de personas jurídicas, podrán ser beneficiarias de una subvención las agrupaciones que tengan capacidad para desarrollar el proyecto, debiendo nombrar un

representante único y quedando prohibida la disolución hasta transcurrido el plazo de prescripción, fijado en principio en cuatro años.

Por su parte, entendemos por entidad colaboradora a la organización que entrega y distribuye los fondos de la subvención en nombre del órgano competente para concederla. 

Las comunidades autónomas y las corporaciones locales pueden actuar como entidades colaboradoras cuando se trata de subvenciones otorgadas por la Administración General. También podrán serlo las organizaciones o entidades participadas íntegra o mayoritariamente por el Estado, así como las personas jurídicas públicas o privadas que acrediten los requisitos de solvencia y eficacia exigidos por la propia Ley de Subvenciones.

¿Qué obligaciones tiene el beneficiario de una subvención?

Cumplimiento

El beneficiario de una subvención tiene el deber de llevar a cabo la actividad, proyecto o comportamiento objetivo explicitado en la solicitud de la ayuda.

Justificación

Ha de acreditar ante el órgano que concede la subvención su aptitud para disfrutar de la misma y su capacidad para desarrollar las actividades asociadas.

Control

También tiene que someterse a cuantos procedimientos de control sean pertinentes relacionados con la concesión y empleo de la subvención, tanto a nivel nacional como a nivel autonómico y local.

Comunicación

Además, está está obligado a informar sobre otras fuentes de financiación (ayudas, becas, prestaciones, etc.) que nutran la actividad que esté siendo objeto de subvención.

Acreditación fiscal

Por otra parte, debe demostrar que se encuentra al corriente de todas sus obligaciones de índole tributaria antes de que se resuelva la concesión de la subvención.

Auditoría

Tiene la responsabilidad de contar con todos sus libros de contabilidad, registros diligenciados y demás documentos exigidos por la legislación mercantil y otras normas pertinentes debidamente auditados.

Documentación

El beneficiario ha de encargarse de conservar los documentos de toda índole que justifiquen la aplicación de la subvención recibida a efectos de ser comprobados por la autoridad competente.

Difusión

Debe publicitar de forma adecuada la naturaleza pública de la financiación de cuantas actividades sean objeto de la subvención.

Reintegro

Por último, tendrá que devolver la cuantía de la subvención concedida en caso de hallarse en una de las causas previstas para el reintegro de la misma según el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

¿Cómo se concede una subvención?

De acuerdo con la Ley General de Subvenciones, en la actualidad existen dos procedimientos previstos para otorgar una subvención pública: la concesión en régimen de concurrencia competitiva y la concesión directa.

Concesión en régimen de concurrencia competitiva

Se trata del procedimiento ordinario marcado por esta ley, que se inicia siempre de oficio. Mediante este método se compararán las distintas solicitudes presentadas para ordenarlas en función de los criterios fijados en la respectiva convocatoria, adjudicando la subvención al solicitante o solicitantes, en su caso, que hayan obtenido una mejor valoración.

Concesión directa

En este caso, hablamos de un procedimiento extraordinario que sólo puede concederse cuando nos encontremos ante subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las comunidades autónomas o de las corporaciones locales; ante subvenciones (o cuantías) que deban otorgarse por norma con rango de ley; y otras de carácter excepcional que, por su naturaleza, no puedan otorgarse en convocatoria pública.

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